SÉPTIMO CAPÍTULO:
1. ¿Qué saber?
- Se debe de tener claros algunos conceptos como:
- - La palabra "sexo":
- Refiriéndonos a los fundamentos biológicos que diferencian a varones y hembras, a las características biológicas, genéticas y fisiológicas que diferencian a los seres.
- - La palabra "género":
- Hace referencia al estado psicológico, sentimiento interior, que hace que vaya más allá de los rasgos sexuales y que utiliza la terminología masculino-femenino.
- - La palabra "sexualidad":
- Comportamientos que tienen relación a la necesidad de satisfacer el propio deseo sexual, reproducidos en la subjetividad, por ello se suele confundir con el género ya que éste da pie a que exista la sexualidad.
- *A los niños se les debe enseñar a que maduren en su sexualidad, como profesor/profesora tengo que ayudar al alumnado a que descubran su propia sexualidad y no la mía.
- "IGUALDAD DE GÉNERO: por razones de mi sexualidad, no se me niegan posibilidades de adquirir algo que se le niega a un hombre y/o a una mujer."
- * Toda relación sexual debería estar abierta al amor y/o a la vida.
- Este es un tema que se debería de tratar desde los primeros cursos de la Primaria, y si fuera posible, desde educación Infantil.
- Se debe pues ser tolerante pero no "cómplice", es decir, no identificarse con algo que defienden los demás si no lo comparto.
2.¿Qué trabajar?
- - Valores de la ciudadanía aplicados a la inferencia de sexo y género. Cuando se hable de esas actitudes-valores, se deben de tener presente en las relaciones.
- - Conocer lo que dice la LOMCE al respecto.
- - Documentos que se deben de trabajar:
- - "Convenio sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer".
- - Reglamento (CE nº 1922/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de Diciembre de 2006 por el que se crea un Instituto Europeo de Igualdad de Género - DOUE nº L403, de 30 del 12 de 2006 - ).
- - Ley Orgánica del 2007 en España "para la igualdad efectiva de mujeres y hombres" BOE 71 (1976).
- - Ley 2010 (Canarias) "Canaria de igualdad entre mujeres y hombres" BOE 67; BOC 45. Esta ley cambia la denominación del Instituto Canario de la mujer, denominándolo: Instituto Canario de Igualdad entre hombres y mujeres, véase Disposición Adicional Tercera.
- - "Pacto para la educación en Canarias"; documento a tener en cuenta.
3. ¿Cómo trabajar?
- La igualdad de género se debe de trabajar desde la diferenciación y la complementariedad.
- - Tema transversal; no hay contenidos, materia, asignatura o epígrafe que lo trabaje. El profesor puede añadirlo como epígrafe o trabajarlo según vaya surgiendo.
- - Lenguaje; trabajarlo para crearnos un estilo.
- - Detalles; en los juegos del recreo, por ejemplo.
4. ¿Qué evaluar?
- Se evaluarán las actitudes que muestren los alumnos al respecto atendiendo los siguientes contenidos:
- Ser humano y la salud. Igualdad de género entre hombres y mujeres. Valores sociales y cívicos.
- Criterios de evaluación:
- - Participa activamente en la vida cívica valorando la igualdad de derechos entre hombres y mujeres
- - Comprender y valorar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, la corresposabilidad en las tareas domesticas y el cuidado de la familia, argumentando en base a procesos de reflexivos , síntesis y estructuración
Opinión personal del
grupo:
Igualdad de género. En la historia se han cometido un sinfín de
errores con respeto a la igualdad de género, hace mucho tiempo que se ha
luchado con éxito porque exista esa igualdad y en algunos países no se ha avanzado practicamente nada y en otros, se puede
decir que casi por completo, existen sin embargo, algunos
prejuicios y situaciones injustas que habría que erradicar. Por tanto al ser
humano desde muy pequeño se debe educar con el objetivo de la existencia de igualdad entre los seres del planeta, reforzar la creencia de "nadie es ni mejor ni peor" si no como un individuos que coexistimos y nos nutrimos unos de otros.
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